La Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas (FETAP-CGT) ha elaborado una guía práctica para informar sobre los derechos, garantías y condiciones del ejercicio del derecho de huelga, con especial atención al personal funcionario, estatutario y laboral de las Administraciones Públicas.
Con motivo de la huelga general convocada para el próximo 11 de noviembre, desde FETAP-CGT ponemos a disposición de las personas trabajadoras una guía informativa que pretende resolver las principales dudas que pueden surgir antes y durante una jornada de huelga.
El documento recoge, de forma clara y accesible, las garantías reconocidas por la Constitución Española y la legislación vigente, diferenciando los regímenes jurídicos aplicables al personal funcionario, al personal estatutario de los servicios de salud y al personal laboral.
¿QUÉ CUESTIONES ABORDA LA GUÍA?
Entre otras materias, la publicación ofrece respuestas a preguntas habituales sobre:
- El derecho a secundar la huelga del personal funcionario, estatutario y laboral.
- La posibilidad de participar sin estar afiliado a ninguna organización sindical.
- La obligación, o no, de comunicar previamente la decisión de secundar la huelga.
- La regulación de los servicios mínimos y las obligaciones del personal designado.
- La protección frente a sanciones, represalias o actuaciones que vulneren el derecho de huelga.
- Los efectos económicos, salariales y de Seguridad Social derivados de la participación.
- El derecho a informar sobre la convocatoria y la actuación de los piquetes informativos.
- Las medidas que pueden adoptarse ante posibles vulneraciones de este derecho fundamental.
UNA HERRAMIENTA PARA DEFENDER LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS
Desde FETAP-CGT consideramos fundamental que quienes trabajan en las Administraciones Públicas dispongan de información rigurosa sobre el ejercicio de sus derechos fundamentales.
La guía presta especial atención a las particularidades del empleo público, donde conviven distintos regímenes jurídicos y donde las dudas relacionadas con los servicios mínimos, los descuentos retributivos o las posibles consecuencias administrativas pueden generar incertidumbre.
Asimismo, recordamos que el derecho de huelga está reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española y que su ejercicio legítimo no puede dar lugar a represalias por parte de las Administraciones o entidades empleadoras.
Aunque esta publicación se presenta con ocasión de la huelga general del 11 de noviembre, su contenido tiene vocación de permanencia y puede servir como material de consulta para futuras convocatorias de huelga en los centros de trabajo.
Desde FETAP-CGT animamos a los sindicatos, secciones sindicales, delegadas, delegados y al conjunto de las personas trabajadoras a consultar y difundir esta herramienta.
Conocer nuestros derechos es el primer paso para ejercerlos y defenderlos.


