SOBRE LA APLICACIÓN DEL V CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE REFORMA JUVENIL Y PROTECCIÓN DE MENORES EN EL SERVICIO INTEGRAL DE MEDIO ABIERTO (SIMA)

Desde el Sindicato de Administración Pública de Granada (SAP Granada) alertamos de un precedente en la aplicación del V Convenio colectivo estatal de Reforma Juvenil y Protección de Menores que, aunque se está materializando actualmente en Granada, puede reproducirse en otros territorios del Estado en todos aquellos servicios de justicia juvenil y protección de menores gestionados mediante externalización.

Este criterio, si no se frena, puede consolidar un modelo de aplicación desigual del convenio estatal que afecte a recursos de medio abierto, centros de reforma y dispositivos de protección de menores en distintas comunidades autónomas.

La aplicación del V Convenio ha vuelto a dejar en evidencia las desigualdades estructurales que sufre el sector de Justicia Juvenil, afectando de manera directa al personal del Servicio Integral de Medio Abierto (SIMA) gestionado por entidades privadas en Andalucía.

Es necesario aclarar que no es el SIMA el que queda excluido del complemento específico, sino que esta situación se produce como consecuencia de que la licitación del servicio es anterior a la firma del V Convenio, utilizándose este hecho como argumento para no aplicar las mejoras salariales recogidas en el mismo. Una justificación técnica que, en la práctica, se traduce en una negación de derechos laborales.

Esto no exime de responsabilidad a las entidades gestoras, que como empleadoras no pueden ampararse exclusivamente en los pliegos de contratación para mantener desigualdades salariales dentro de un mismo sistema y deben implicarse activamente en la exigencia de soluciones que garanticen el cumplimiento del convenio, asumiendo el riesgo y ventura inherente a la gestión de servicios externalizados y el riesgo operacional que conlleva la ejecución del contrato.

El resultado es claro: mientras el V Convenio entra en vigor y se aplica en otros recursos de justicia juvenil, el personal de SIMA queda relegado, pese a desempeñar funciones esenciales, asumir una elevada carga de trabajo y ser pieza clave en la ejecución de las medidas judiciales en medio abierto.

No podemos aceptar que la entrada en vigor de un convenio sectorial se haga a costa de una parte de las personas trabajadoras, ni que la falta de previsión o voluntad política se resuelva manteniendo salarios desactualizados y condiciones desiguales.

Para que el V Convenio se cumpla de manera real y efectiva, es imprescindible que la Administración asuma su responsabilidad y apruebe una nueva partida presupuestaria que permita a las entidades gestoras aplicar íntegramente las condiciones económicas y laborales recogidas en el convenio, con independencia de la fecha de la licitación.

Asimismo, es necesario que los pliegos de contratación pública incorporen cláusulas sociales y laborales que garanticen la aplicación automática de las mejoras derivadas de los convenios colectivos estatales vigentes en cada momento, y que en los contratos ya adjudicados se activen los mecanismos de modificación contractual previstos en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) para adaptar los importes del contrato a las obligaciones salariales sobrevenidas.

El cumplimiento del V Convenio:

  • No puede ser parcial.
  • No puede depender de excusas administrativas.
  • No puede sostenerse sobre el sacrificio del personal de medio abierto.

Exigimos:

  • La aplicación íntegra del V Convenio al personal de SIMA.
  • La dotación presupuestaria necesaria por parte de la Administración para hacerlo posible.
  • El fin de los agravios comparativos dentro del mismo sistema de justicia juvenil.
  • La incorporación de cláusulas sociales y laborales en los pliegos de contratación que garanticen la aplicación de las mejoras derivadas de los convenios colectivos estatales.
  • La activación de los mecanismos de modificación contractual previstos en la LCSP para garantizar el cumplimiento del V Convenio en los contratos vigentes.

El personal de SIMA no es de segunda. Nuestro trabajo tiene el mismo valor, la misma responsabilidad y el mismo impacto social. No aceptaremos quedar fuera de los avances laborales que nos corresponden.

SINDICATO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE GRANADA (SAP GRANADA)

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