Una vez comprobado que el texto del Proyecto de Ley de medidas urgentes para la temporalidad en el empleo público no sufrirá cambios significativos y que el mismo será devuelto al Congreso para su inminente aprobación, el Secretariado Permanente de esta Federación Sectorial, en base a los acuerdos de la misma, no puede sino rechazarlo en la mayor parte de sus términos, por las mismas razones que ya expusimos el pasado 16 de noviembre (https://bit.ly/31ERLDp), en la valoración que hicimos de las enmiendas transaccionadas incorporadas al Informe de la Ponencia del “Icetazo”.

Jurídicamente entendemos que la presente ley vulnera el derecho de la Unión Europea, y además cierra en falso el conflicto de la alta precariedad en las Administraciones Públicas españolas poniendo una vez más el acento en el acceso y no en el abuso. Técnicamente hay quienes vaticinan un sinfín de demandas internas (discordancia con el dictamen de la Comisión de Función Pública del Congreso de 23 de noviembre) y externas (la Directiva Europea Whistleblower abre la vía de la denuncia directa a los organismos de la UE). Queda por saber al respecto si debemos confiar en una institución que no ha sido capaz, durante veinte años, de imponer la transposición de la Directiva 1999/70/CE en el Reino de España y que se ha mostrado incapaz de someter a los tribunales estatales de Hungría, Polonia o Alemania, a la primacía de su derecho. Queda por saber si nuestra reaccionaria judicatura contribuirá en algo a fomentar nuevas relaciones laborales en el seno de nuestras Administraciones Públicas.

Hay quienes aún se preguntan el porqué de esa resistencia feroz de gobiernos y administraciones a estabilizar al personal en precario. Y las razones de fondo no son legislativas, jurídicas o filosóficas. Son las mismas por las que una empresa privada necesita del colchón de la precariedad y la flexibilidad de su plantilla para amortiguar los seguros vaivenes económicos que acontecen y que se atisban en el futuro. Precariedad para someter a quienes debieran ejercer con independencia.

Desde nuestro posicionamiento de clase no cabe sino recordar, una vez más, que la lucha es el único camino, que lo logrado hasta ahora se ha obtenido por ese camino, es decir, por la vía de la movilización, incluyendo las diversas jornadas de huelga del sector público que se han realizado en diferentes territorios los días 28 de octubre y 30 de noviembre. Solo a la movilización se deben los avances conseguidos desde la formulación inicial del Acuerdazo-Icetazo subscrito a principios de julio entre el Ministerio, CCOO, UGT y CSIF. Y a la movilización debemos incorporar a tantos compañeros y compañeras que aún se abandonan a la indiferencia o a la sola confianza en la Ley y en las instituciones. Efectivamente, los derechos no se regalan, se conquistan, así nos lo muestra un largo historial de luchas que arrebataron finalmente a legisladores y juristas los derechos que para sí se dio la clase trabajadora. Debemos seguir y sumar.

Se abre, previsiblemente, un nuevo escenario de conflicto y lucha que tendrá un marcado carácter territorial y administrativo. Esta ley, potestativa, dejará en manos de Comunidades Autónomas y Entidades Locales el desarrollo de unos procesos que arrojan más sombras que luces. Necesitaremos unidad y solidaridad para afrontar las luchas que vendrán en estos ámbitos. Cierto es que en este viaje no contaremos con esos sindicatos que traicionan diaria y sistemáticamente a la clase trabajadora. Lo hacen desde sus atalayas corporativas, amarillas e institucionalizadas, asumiendo el papel de organismos de segunda lectura que habitualmente representan falsos conflictos con la empresa para terminar protagonizando la foto final con la que dicen resolverlos. A pesar de ello, fuimos capaces de desenmascararlos rechazando de pleno y en todos los ámbitos sus ya tristemente famosos Acuerdazos (2017, 2018 y 2021), haciéndoles ver hoy que no era humo lo que “vendíamos” y que lo imposible solo tarda un poco más en conseguirse. Por eso, porque será posible, seguiremos luchando.

¡POR LA ESTABILIDAD REAL DEL PERSONAL EN ABUSO DE TEMPORALIDAD!